Recomendación 5
La Procuraduría de Protección al Ambiente en el Estado de Guanajuato, Organismo garante en el estado de Guanajuato del cumplimiento de la Ley para la Protección y Preservación del Ambiente (LPPAEG), de los Reglamentos derivados de ésta, de las Normas Técnicas Ambientales (NTA), así como de los criterios y programas para la protección, defensa y restauración del ambiente, hace de su conocimiento que su actividad, no se limita a la simple verificación de la aplicación de la normatividad ambiental, sino que también funge como la entidad que procurando la protección del ambiente, se constituye en conciencia de ética ambiental y promueve cambios en la cultura y en las conductas sociales para lograr el respeto al derecho fundamental de vivir en un ambiente sano, reconocido en el artículo 4° párrafo cuarto de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
Así lo entendió el legislador cuando formuló la Ley para la Protección y Preservación del Ambiente, al establecer, en la fracción III del artículo 9° como una de las atribuciones de esta Procuraduría la de: “Emitir resoluciones y recomendaciones a las autoridades competentes en materia ambiental para controlar la debida aplicación de la normatividad ambiental y dar seguimiento a las mismas”.
Cabe señalar que al igual que la Procuraduría Federal de Protección al Ambiente, este Organismo protector del ambiente de Guanajuato emite recomendaciones básicamente de dos tipos: Generales y particulares. Las primeras como su nombre lo indica, son generales, no particularizan sobre responsabilidad alguna, por lo que no son precedidas de una investigación, ni de un procedimiento formal, toda vez que la Ley para la Protección y Preservación del Ambiente del Estado de Guanajuato no señala de manera taxativa una adjetivación para el emisión de las mismas, por lo que como su nombre lo indica se trata de una recomendación, general, en buenos términos, con la finalidad de precaver, prevenir, sugerir, aconsejar, fomentar la cultura de la protección y el cuidado de la naturaleza y sus recursos; lo anterior basado en los principios de equidad, de justicia, de lógica y de experiencia, y en cumplimiento de los artículos 9 fracciones XI y XIV, 49, 54, 55 y 160 de la citada ley ambiental del estado.
Las recomendaciones particulares, son aquellas, dirigidas a uno o más autoridades, en las que previo requerimiento particular de informe, y / o mediante una investigación específica, se entabla un procedimiento jurídico-administrativo, para determinar o no la existencia de una responsabilidad, de acuerdo a lo establecido por el artículo 189 de la Ley para Protección y Preservación del Ambiente del Estado de Guanajuato.
La presente recomendación se sitúa en el plano de una recomendación de tipo general, es decir, que no tiene el ánimo de levantar acusaciones ni investigaciones, ni poner en evidencia a nadie, y menos de crear polémica; más aún se reconocen las acciones de instituciones, organismos y municipios que en el campo del cuidado y aprovechamiento del agua se han hecho, pero al mismo tiempo, y no sin preocupación, se observan diversos reglones, en los que es necesario empeñarse, para nuestro presente y el de las generaciones venideras; por lo que cabe señalar que las recomendaciones no requieren la aceptación de las autoridades destinatarias, dado que su finalidad no es el resarcimiento de una violación concreta, sino marcar pautas generales para controlar la debida aplicación de la normatividad ambiental en el Estado de Guanajuato.
Lic. Miguel Ángel Torrijos Mendoza.
Procurador de Protección al Ambiente en el Estado de Guanajuato
RECOMENDACIÓN
Salamanca, Guanajuato, 22 de abril del 2008.
REC-PROPAEG-DG-DJ-006/08.
A la ciudadanía en general, a las escuelas, colegios, instituciones educativas, Universidades públicas y privadas y los Medio Masivos de Comunicación
Social del Estado de Guanajuato.
P R E S E N T E S.
El artículo 9° fracción III de la Ley para la Protección y Preservación del Ambiente del Estado de Guanajuato, expresa, que es atribución del Procurador de Protección al Ambiente del Estado, emitir y proponer recomendaciones a las autoridades competentes en materia ambiental, para que promuevan cambios, acciones, actividades administrativas tendientes a proteger y preservar nuestro entorno ecológico; ahora bien, cuando se observa que aunque las autoridades cumplan con su labor de limpia, y no alcanza poder, personal y presupuesto suficiente para mantener aseadas las ciudades, los campos y específicamente las riberas de los ríos que cruzan por los centros de población, es necesario que la presente recomendación, tengan el carácter general, y se haga extensiva a la ciudadanía en general y particularmente a las instituciones educativas y medios de comunicación social, que en muchos aspectos se constituyen en verdadera conciencia para conocer, enfrentar y en algunos laudables casos hasta solucionar diferentes problemáticas sociales.
Como bien es sabido, la naturaleza de las recomendaciones no son jurídicamente vinculatorias, por lo que en gran parte están orientadas a crear conciencia y cultura respecto a tema, motivo por el cual no considero impedimento alguno para dirigir la presente a la participación ciudadana, a las instituciones educativas, asociaciones y medios de comunicación por el rol, poder e influencia que los mismos ejercen la sociedad actual.
1. FUNDAMENTACIÓN JURÍDICA
El artículo 4º en su párrafo cuarto de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos textualmente consagra el derecho-garantía para todo mexicano y residente de nuestro país, relativo a nuestro bienestar mediante el cuidado de nuestro entorno ecológico:
“…Toda persona tiene derecho a un medio ambiente adecuado para su desarrollo y bienestar…”.
Partiendo de este valor, principio y derecho constitucional ineludible y fundamental, y de la facultad que las Leyes otorgan a este Organismo protector del ambiente en el Estado de Guanajuato, en sus artículos 7°, fracción XIX de la Ley General del Equilibrio Ecológico y Protección al Ambiente y 9°, fracción III de la Ley para la Protección y Preservación del Ambiente del Estado de Guanajuato, pero cuyas recomendaciones no se constriñe a señalar desaciertos de las autoridades en materia ambiental sino que propone crear, a través de ellas y otros medios, crear la cultura de protección medioambiental.
2. ANTECEDENTES
2.1 Riberas libres de basura para no contaminar el agua
Como ya he señalado en mi recomendación anterior el agua es un elemento irremplazable y esencial para todo tipo de vida, incluyendo, desde luego, la humana; sin ella no solo no se puede progresar, sino simplemente no se puede vivir.
Ahora bien el cuidado del agua conlleva diferentes acciones como la de cuidar y mantener limpio de toda basura y descarga, los márgenes de nuestras presas, embalses, ríos, arroyos y lagunas.
El agua un bien común, un bien público, o como dirían los romanos res publica, una cosa de todos, es por tanto un patrimonio común que implica necesariamente una responsabilidad de todos. Este deber colectivo involucra desde luego y casi en primer término a autoridades de los tres niveles de gobierno pero sin la participación de todos los ciudadanos, sin nuestro propio, personal e insustituible grano de arena, el agua superficial de nuestro estado y sus orillas nunca estarán limpias.
El diagnóstico no es homogéneo, gracias al involucramiento y a la voluntad decidida y con objetivos claros, existen zonas localizadas en el estado, -desgraciadamente muy pocas-, que se han podido sanear y mantener limpias, lo que demuestra que con voluntad y participación sí se puede; pero la mayor parte de las riberas están sucias, por desechos, a veces de empresas que clandestinamente, a escondidas, pretenden deshacerse de ellos, pero sobre todo los desechos más comunes y dispersos son los doméstico urbanos, los netamente familiares o personales: botellas de vidrio y pet, periódicos, latas, bolsas de plástico vacías o con basura, embases plásticos de todo tipo, pañales, etcétera, es por ello que he decidido dirigir la presente recomendación a los ciudadanos, a los padres de familia que son los primeros en inculcar valores y forjar la conciencia humana y civil de sus hijos, a las instituciones educativas y a los medios de comunicación social, por ser estos últimos subsidiarios educadores y formadores de la cultura social.
2.2 Degradación de residuos cotidianos
Muchos de los desechos observados tardan bastante tiempo en descomponerse; a este respecto son interesante los datos de investigaciones recientes que refiero a continuación:
T i e m p o d e D e g r a d a c i ó n d e R e s i d u o s
Tipos de Residuos Tiempo de Degradación
Restos de comida De 1 a 3 días
Papel higiénico 2 semanas
Papel escolar o de oficina De 3 semanas a 2 meses
Desechos orgánicos (a granel) De 3 semanas a 4 meses
Cartón 1 mes
Ropa de algodón o lino De 1 a 5 meses
Medias de lana 1 año
Celofán De 1 a 2 años
Zapatos de cuero De 3 a 5 años
Chicle 5 años
Una lata de acero se desintegra convirtiéndose en óxido de hierro. 10 años
Colillas de cigarros De 15 a 20 años
Nylon y otras telas sintéticas 30 años
Zapatos sintéticos 50 años o más, dependiendo de los materiales que lo componen.
Los metales, que son esencialmente no biodegradables. De 200 a 500 años
Latas de aluminio, no se oxidan, ni corroen. De 300 a 500 años
Recipiente plástico De 300 a 500 años
Bolsas metalizadas de botanas De 300 a 500 años
Recipientes de unicel De 500 a 800 años
Toallas sanitarias De 500 a 800 años
Pañales desechables De 500 a 800 años
Botellas de vidrio Más de 800 años (indefinido)
Llanta Indeterminado, es posible saber.
Ciertamente la humedad, que se encuentra en las riberas y bordes, en término generales acelera la descomposición de ciertos elementos o mezclas, sin embargo, por lo mismo, también esta basura es una de las principales fuentes de contaminación del agua.
Vivimos en una sociedad consumista y concomitantemente poco ahorradora de los recursos que nos brinda la tierra, por lo tanto, unido al cuidado y protección de nuestro entorno natural, debe de ir, inseparablemente, la conciencia de un consumo más razonado y responsable, optando por los productos, realmente necesarios, que al término de su uso resulten en la menos cantidad de basura, que contengan componente que sea reciclados, biodegradables o que fomenten la cultura del cuidado del único planeta, entre millones de astros, que hoy por hoy, está demostrado científicamente como viviente y habitable.
3.- EL PROBLEMA EN GUANAJUATO
Ya hemos señalado en otras ocasiones, que actualmente la escasez de agua para consumo humano afecta a 13 millones de mexicanos ubicados en 3.3 millones de viviendas, y que el problema es más dramático tratándose del habitante rural de la zona árida-semiárida de México, motivo por el cual se exige un mayor cuidado de agua, para que esté libre de basura.
En referencia a las aguas superficiales, a nivel nacional, según la Comisión Nacional del Agua, nuestro estado pertenece a dos Regiones Hidrológicas, pero en ninguna de las dos se tiene el control, pues las sus corrientes sólo están de paso por nuestro Estado, por lo que con ello se denota una particular escasez y dependencia del vital líquido.
La región hidrológica que predomina en Guanajuato, es la del Río “Lerma-Chapala-Santiago” catalogada como perteneciente a la Región Hídrica número 12, fluyendo sus aguas de oriente a poniente, hacia la vertiente del océano Pacífico y se extiende en un 83% de su área, contribuyendo con más de 90% del volumen total sumado del escurrimiento superficial y la recarga de acuíferos subterráneos.
Sin embargo, como ya lo había referido, en mi anterior recomendación, la PROPAEG-DG-DJ-005/08, los pronósticos del agua en Guanajuato, no son muy positivos, toda vez que se consumen 761, 095.89 metros cúbicos diarios de agua, considerando que cada habitante utiliza 188 litros diarios (dentro de los cuales se consideran las fugas de la red), enfrentando éstos datos contra los datos de recarga de acuíferos a nivel nacional y considerando que la superficie de nuestro estado representa el 1.6% del territorio de nuestro país; en el año 2037 habremos abatido la capacidad de recarga de nuestros acuíferos subterráneos, ya que nuestro Estado depende en un 98% de la extracción de pozos.
Lo cual impone un mayor cuidado y respeto a estos lechos de agua, lamentablemente no existe conciencia y educación que ahorro y el cuidado de este invaluable recurso natural.
Según datos del 2005 del Instituto Nacional para el Federalismo y Desarrollo Municipal del Gobierno de Guanajuato, en la Enciclopedia de los Municipios de México, las cuencas de esta región hidrológica del Estado de Guanajuato son:
- Río Lerma-Toluca,
- Río Lerma-Salamanca,
- Río Lerma-Chapala,
- Lago de Pátzcuaro-Cuitzeo-Yuriria,
- Río Lajas y
- Río Verde Grande.
Todas ellas ubicadas principalmente en la porción central y sureña de la Entidad donde se sustentan las principales actividades agrícolas e industriales y los más importantes centros de población.
Por lo que en nuestro estado, la mayor parte de las corrientes fluviales pertenece a la cuenca de los ríos Lerma, Laja, Guanajuato, Turbio y Coroneo.
La otra cuenca hidrológica a la que pertenece nuestro Estado es la del “Alto Río Pánuco”, Región Hídrica número 26, que fluye de poniente a oriente, hacia el Golfo de México y se presenta en un 17% del área estatal. Se ubica en el norte, las cuencas de esta región hidrológica son:
- Río Tamuín y
- Río Moctezuma, destacando los afluentes Río Manzanares, Santa María, Brages y Extoraz.
Dentro de la región hidrológica del Pánuco se incluye a las cuencas de los ríos San Fernando, Soto la Marina y Pánuco. Esta región equivale al 6% del territorio nacional y la conforman partes de los estados de Guanajuato, Hidalgo, México, Nuevo León, Querétaro, San Luis Potosí, Tamaulipas y Veracruz.
El Pánuco se subdivide en las subcuencas del Tamuín y Moctezuma, también conocida como la cuenca Santa María. Dichas cuencas se conforman de ríos y arroyos que nacen en la Sierra Gorda. En general, estos ríos fluyen hacia el norte por cañadas profundas y valles angostos, sobre terrenos abruptos de fuerte pendiente.
Los ríos de la Sierra Gorda y el noreste guanajuatense corren hacia la cuenca de Pánuco, como el río Santa María y el río Xichú, que se cuentan entre los de mejores condiciones ambientales.
También existen manantiales de aguas termales en el centro y en el sur del estado, que son centros de diversión y de turismo pero que no en todos los casos son cuidados y mantenidos adecuadamente.
La Enciclopedia de los Municipios de México, sigue informando que los principales lagos de Guanajuato son: el Cuitzeo, ubicado en los límites con Michoacán y particularmente el de Yuriria que además de ser el principal banco pesquero, también es el depósito de 200 millones de metros cúbicos de capacidad. Además de estos dos, en la zona de Valle de Santiago se localizan los conos volcánicos denominados “Las Siete Luminarias”, que se han transformado en lagos naturales hasta de 1,500 metros de diámetro y entre los que se destacan “La Joya”, “Parangueo” y la “Olla de Zíntora”. Asimismo, se cuenta en la entidad con presas como la de Ignacio Allende, la Purísima, Solís, la Gavia, el Conejo II y Santa Ifigenia.
En el Estado de Guanajuato existen alrededor de 1,500 almacenamientos de agua superficial, y aquellos que cuentan con dimensiones mayores son: la Presa Solís, con capacidad de 1,217 millones de metros cúbicos y la Presa Ignacio Allende con capacidad de 251 millones de metros cúbicos. Las dos presas están ubicadas dentro de la cuenca del Río Lerma. En la cuenca del Pánuco únicamente se encuentran obras de dimensiones menores como bordos y represas. La presa de Silva, la Laguna de Yuriria, y otros embases se constituyen en refugios invernales, entre otras de las aves migratorias Cerceta Alas Azules (Anas discors) y Pato Cucharon (Anas clypeada).
Ahora bien, es preocupante reconocer que numerosos parajes, en nuestro estado, que antaño eran lugar de recreación, de paseo, de regocijo y esparcimiento, ya no de nuestros abuelos, ni de nuestros padres, sino de nuestra infancia, se ven ahora convertidos en basureros, lugares de inmundicia, invisitables por lo desagradable y hasta peligroso que se han vuelto.
En respuesta a lo anterior, desde el año de 1997 el Gobierno del Estado se ha venido preocupando y ocupando en la protección y salvamento de diversos sitios en el Estado, mediante la Declaratoria de 21 Áreas Naturales Protegidas, más de la mitad de ellas relacionadas con directamente con el cuidado del agua; esto a través de acciones de vigilancia que realiza la Procuraduría de Protección al Ambiente, auxiliada particularmente por lugareños como primeros interesados en proteger estas zonas mediante el programa de Vigilantes Voluntarios:
Denominación del Área Natural Protegida Superficie (Has) Municipios en que se ubica Categoría
- Sierra de Lobos 104,068 León, San Felipe y Ocampo Área de Uso Sustentable
- Región Volcánica Siete Luminarias 8,928 Valle de Santiago Monumento Natural
- Presa de Silva y Áreas Aledañas 8,801 San Francisco del Rincón y Purísima del Rincón Área de Restauración Ecológica
- Megaparque de la ciudad de Dolores Hidalgo 28 Dolores Hidalgo Parque Ecológico
- Cuenca de la Esperanza 1,832 Guanajuato Reserva de Conservación
- Las Fuentes 109 Santa Cruz de Juventino Rosas Parque Ecológico
- Cuenca Alta del Río Temascatío 17,432 Salamanca y Santa Cruz de Juventino Rosas Área de Uso Sustentable
- Peña Alta 13,270 San Diego de la Unión Área de Uso Sustentable
- Pinal del Zamorano 13,862 San José Iturbide y Tierra Blanca Reserva de Conservación
- Parque Metropolitano 337 León Parque Ecológico
- Lago-Cráter La Joya 1,479 Yuriria Parque Ecológico
- Laguna de Yuriria y su Zona de Influencia 15,020 Salvatierra, Valle de Santiago y Yuriria Área de Restauración Ecológica
- Las Musas 3,174 Manuel Doblado Área de Uso Sustentable
- Cerros El Culiacán y La Gavia 32,661 Municipios de Celaya, Cortazar, Jaral del Progreso y Salvatierra. Área de Uso Sustentable
- Sierra de Los Agustinos 19,246 Acámbaro, Jerécuaro y Tarimoro Área de Uso Sustentable
- Cerro del Cubilete 3,611 Silao y Guanajuato Área de Restauración Ecológica
- Cerro de Los Amoles 6,987 Moroleón y Yuriria Área de Uso Sustentable
- Cerro de Arandas 5,240 Irapuato Área de Uso Sustentable
- Presa La Purísima y su Zona de Influencia 2,728 Guanajuato Área de Uso Sustentable
- Cuenca de la Soledad 2,782 Guanajuato Área de Restauración Ecológica
- Presa de Neutla y su Zona de Influencia 2,012 Comonfort Área de Restauración Ecológica
4.- MARCO JURÍDICO DE LA PRESENTE RECOMENDACIÓN
La legislación sobre el uso y aprovechamiento del agua a nivel municipal, y su cuidado libre de basura, que fundamenta la presente recomendación está basada en la legislación siguiente:
Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, (CPEUM)
Constitución Política para el Estado de Guanajuato, (CPEG)
Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente, (LGEEPA)
Ley de Aguas Nacionales, (LAN)
Ley de Aguas para el Estado de Guanajuato, (LAEG)
Ley General para la Prevención y Gestión Integral de los Residuos (LGPGIR)
Ley para la Gestión Integral de los Residuos del Estado y los Municipios de Guanajuato (LGIREMG)
Ley General de Desarrollo Social, (LGDS)
Ley de Desarrollo Social y Humano para el Estado y los Municipios de Guanajuato, (LDSHEMG)
Declaratorias y programas de manejos de las distintas áreas naturales protegidas en el Estado de Guanajuato
5.- EL PAPEL DE LAS INSTITUCIONES EDUCATIVAS Y LOS MASS MEDIA EN EL CUIDADO DEL MEDIOAMBIENTE
No es el momento, pero no quiero dejar de mencionar que son los padres de familia, los centros educativos y los medios de comunicación social los encargados, conciente o inconcientemente de forjar la sociedad del futuro y su conciencia, en los albores, en esta primera década del tercer milenio.
El presente espacio no nos permite sopesar el tamaño y la influencia que tales instituciones tienen en la sociedad de hoy: la familia alimenta y es hogar, los centros educativos educan y forman, y los medios de comunicación informan, pero los tres construyen, crea valores o antivalores, y sobretodo edifican la sociedad del mañana.
Esta fecha en que conmemoramos el Día Mundial de la Tierra, es tiempo no solo de reflexiones y buenos deseos, sino sobretodo de aportar nuestro granito de arena concreto en la construcción de un planeta ecológicamente más limpio. Los padres de familia que forman con la palabra y con el ejemplo, los centros educativos de todos los niveles que no solo diseñan programas y curriculas en tormo al medio ambiente sino que ya desde ahí desarrollan programas y actividades prácticas de separación de residuos, de recliclaje, de limpieza, etc., y los medios de comunicación que además de informar oportunamente dedican espacio y secciones para incluir temas permanentes del cuidado del ambiente, y las instituciones en general que desde sus diferentes trincheras y actividades impulsan acciones y productos ecológicamente más viables edifican realmente un mundo humanamente mejor.
6.- RECOMENDACIÓN
Atentos a lo que de manera expresa versan los artículos en cita, podemos concluir que no existe disposición ni razón para desconocer el carácter no vinculante ni obligatorio de las recomendaciones del suscrito, pues no devienen de un tratado, pacto o convención, que implicase esa obligatoriedad de cumplimiento forzoso. Sin embargo, cabe hacer mención que por mandato de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos en su ya citado artículo 4º, párrafo cuarto, que dice: "toda persona tiene derecho a un medio ambiente adecuado para su desarrollo y bienestar ", este derecho es una garantía individual, es decir, un derecho subjetivo público de todas las personas de recibir tan importante protección a un medio ambiente adecuado por parte del Estado, o para expresarse con mayor precisión, los Órganos Públicos tienen obligación de procurar que todas las personas gocen de ese derecho fundamental, pero cada persona es co-responsable en aportar lo que esté de nuestra parte a la tarea común de tener un país y un estado ecológicamente sustentable.
Desde esta base y atentos a la fundamentación antes expuesta, así como a la motivación que tenemos de preservar, y al mismo tiempo de proteger nuestro entorno ecológico y garantizar el derecho a un medio ambiente adecuado para el desarrollo de las personas, se le insta, a todo ciudadano guanajuatense, o transeúnte por este Estado que amable y alegremente le acoge, a las instituciones educativas y medios de comunicación para que ponga en práctica, de acuerdo a sus circunstancias particulares, las acciones que juzguen pertinentes para un Guanajuato ecológicamente mejor, así como las medidas y recomendaciones, que a continuación se mencionan: ----------------------------------------------------------------
PRIMERO, a todas las familias y habitantes de Guanajuato en general: -----------------------------------------------------------------------------------------
1°. A fomentar desde el seno familiar, con la palabra y el ejemplo, una cultura de ahorro, en todos los ámbitos: agua, energía eléctrica, trasporte, y particularmente en relación con la presente recomendación de productos reciclables, que contengan poco deshechos, que utilicen en sus empaques y
presentaciones materiales ecológicos: reutilizables o biodegradables. -----------------
2°. A fomentar desde el seno familiar, con la palabra y el ejemplo, una cultura de limpieza y cuidado de la naturaleza, que fomente el depósito de la basura en su lugar, de recoger y limpiar nuestros campos y riberas de ríos, presas y lagos. -------------------------------------------------------------------------------------------
SEGUNDO, a las escuelas, colegios, instituciones educativas, Universidades públicas y privadas: ----------------------------------------------------
1°. A diseñar, difundir, implementar y participar en talleres, seminarios, jornadas, foros y cursos ambientales. Promover el desarrollo de los diseños curriculares, con enfoques transversales e interdisciplinarios relativos a la educación ambiental. --------------------------------------------------------------------------
2°. A fomentar en las unidades, campus, planteles y centros educativos una cultura que revalorice y fortalezca la conciencia del cuidado ambiental, mediante publicaciones, asignaturas, pósters, etc. ---------------------------------------------------
3°. A realizar excursiones realmente ecológicas, donde se aprenda a respetar y convivir con la naturaleza, conociendo las 21 áreas naturales protegidas del Estado de Guanajuato, a la par de cuidarlas, protegerlas y de ser preciso limpiarlas. ----------------------------------------------------------------------------------------
4°. A crear ambiente limpio, fuera de basura dentro y alrededor de los centros educativos, consientes que los ambientes son ante todo formativos. --------
5°. A crear una institución realmente ecológica, con programas prácticos de aplicación como el de las tres “R”: reduce, reutiliza y recicla; del uso de papel por ambas caras, del ahorro de agua y de energías, de separación de residuos, de fabricación de papel reciclable o composta, u otras similares. --------------------------
6°. Liderar cruzadas de limpiezas de nuestros campos y riberas, al rescate de nuestros ríos y embalses, implementar campañas, con los lugareños para su cuidado y restauración. ------------------------------------------------------------------------
TERCERO, a los medios de comunicación social, prensa, radio, televisión, etc.: -------------------------------------------------------------------------------
1°. Ser concientes de su vocación ecológico-social, y no solo limitarse a su rol también valioso como informante veraz y oportuno, especialmente por el alcance y eficacia como comunicador y educador. ----------------------------------------
2°. Cuando sea necesario denunciar hechos y omisiones de autoridades y particulares respecto del cuidado del medio ambiente; pero reservando también, ex profeso, algunos espacios permanentes, como la lo hacen en algunas medios, a obras sociales, dedicados a la creación de la cultura del conocimiento y de la protección de medioambiente guanajuatense. ------------------------------------------
NOTIFÍQUESE y publíquese.- ----------------------------------------------------
Así lo firma y provee el Licenciado MIGUEL ÁNGEL TORRIJOS MENDOZA, en su carácter de Procurador de Protección al Ambiente del Estado.- C O N S T E. -------------------------------------------------------------------------
22 de abril del 2008, día mundial de la tierra